▶ ACTA TRANSACCIONAL ACORDE AL COGEP
ACTA TRANSACCIONAL
Conste
por el presente documento legal, el cual es considerado con la calidad de título de ejecución, un Acuerdo
Transaccional mismo que se celebrara al tenor de las cláusulas y declaraciones
siguientes:
PRIMERA.- INTERVINIENTES.-
Intervienen
en la celebración de este acuerdo transaccional, las siguientes personas:
a) Por una parte,
la compañía DERECHO SUBJETIVO, con
RUC ............, legalmente representada por el señor HANS KELSEN, en su calidad de Gerente General, parte a la
que en adelante se la podrá denominar La ACCIONANTE;
b) Por otra parte, la compañía DERECHO OBJETIVO, con RUC .............., debidamente
representada por ALF ROSS se podrá denominar EL DEMANDADO.
Los
intervinientes aceptan libre y voluntariamente, sin ningún tipo de presión de
ninguna naturaleza, siendo voluntad de las partes el poder suscribir este
acuerdo transaccional, en los términos que se estipulan a continuación.
SEGUNDA.- ANTECEDENTES.-
La compañía DERECHO OBJETIVO, con RUC .............., mantiene valores pendientes de pago a favor de la compañía DERECHO SUBJETIVO, por concepto de crédito otorgado, el mismo que a
pesar de varios intentos de
acercamiento para que se
cancelen, no se produjeron el cumplimiento de la
obligación contraída, motivo
por el cual se
instauró un proceso legal, de
fecha 14 de julio del 2020 a las 12:33,
mediante proceso No. 12345-2020-98765, el cual
fue admitido a
trámite de fecha el cual fue
calificado el 18 de juio del 2020 a las 15:22, siendo citados
las partes demandadas en
legal y debida forma, y su contestación
fue acorde al auto de fecha 09/08/2020 13:44, por lo que se sentenció a
favor de la compañía DERECHO SUBJETIVO, de
fecha 16 julio del 2020
a las 12:22, la cual fue apelada
por la parte demandada de fecha 01 de agosto del año 2020 a las 13:22, encontrándose
recaída ante la
sala de fecha de sorteo 02 de agosto del 2020 a las 12:22,
llegando hasta convocarse a
audiencia de estrado de fecha 03 agosto del 2020 a las 07:04, elevándose para
autos para resolver de fecha 04
de agosto del año 2020 a las 09:02; por lo anteriormente expuesto y siendo voluntario
la aceptación de la celebración de la presente
acta transaccional, agotando
una solución alternativa a la misma
y por cuanto ha solicitado a
la parte
accionante, un acuerdo para realizar dichos pagos de la forma que se
establece más adelante en loa
acápites del presente acta
trasnacional, novando la presente deuda y aceptando la misma, por lo
cual ha sido aceptado por la compañía DERECHO SUBJETIVO, por así convenir a sus
intereses, dando con este acuerdo, por concluido la acción judicial, dentro del
juicio instaurada en el proceso No. 12345-2020-98765.
TERCERA.- RECONOCIMIENTO DE VALORES ADEUDADOS.-
El
demandado declara y reconoce expresamente que a la presente fecha, el valor que
se adeuda a la compañía DERECHO SUBJETIVO, que
es por la suma total de US$ 90,000.00
(NOVENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA); los cuales quedan
especificados de la siguiente forma:
a).-
El valor adeudado de US$40.000
(CUARENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), por concepto de capital;
b).- Más la suma de US$ 25.000 (VEINTICINCO MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), por concepto de interés por financiamiento;
y,
c).- También el valor de US$ 25.000 (VEINTICINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA), por concepto de intereses por mora.
Todos estos pagos se efectuaran en 12 alícuotas acorde a lo señalado en
acápite cuarto del presente
instrumento legal.
CUARTA.- ACUERDO DE SOLUCIONES.-
Las
partes han acordado que el valor adeudado que es por la cantidad total sumado capital, interés de financiamiento y de
mora en US$ 90,000.00
(NOVENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA), por el demandado compañía DERECHO OBJETIVO, con RUC .............., por la compañía DERECHO SUBJETIVO, serán cancelados de la siguiente forma:
(EN ESTE PUNTO SE DEBE AGREGAR EL MONTO DE LAS CUOTAS, LAS FECHAS Y LOS MONTOS DE PAGO, SE RECOMIENDA UTILIZAR UNA PLANTILLA EN EXCEL)
En
consecuencia, el Deudor se obliga de manera irrevocable a tener que pagar cada
uno de los acuerdos de pagos
fijados en la presente acta transaccional, en las fechas y valores establecidos para
ello dentro de la misma.
Queda claramente establecido que en
caso de mora, en más de dos pagos de los dividendos acordados, dentro de la
presente acta transaccional, automáticamente la compañía DERECHO SUBJETIVO, declarará
la obligación de plazo vencido y, en consecuencia, exigirá el pago total de los
valores adeudados, más los intereses máximos de mora sobre el capital dentro
del presente Titulo de Ejecución, acorde a lo estipulado en el articulado 362,
y 363 numeral 6 del Código Orgánico General de Procesos.
QUINTA.- SUSCRIPCIÓN.-
Para
instrumentar la obligación de pago convenida, el Demandado, suscribe a favor de DERECHO SUBJETIVO, por la suma US$ 90,000.00
(NOVENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA), el presenta acta
transaccional.
Una
vez cancelados los valores en su totalidad por parte del Demandado, DERECHO SUBJETIVO, le será remitida una
certificación de pago y cancelación de valores por
concepto de la presente acta
transaccional.
SEXTA.-
DOMICILIO Y EFECTO DE COSA JUZGADA.-
Para
los efectos del acuerdo contenido en este documento, las partes señalan como
domicilio la ciudad de Guayaquil, o
donde decida instaurar acción la parte
acreedora y se someten a los Juzgadores de la Unidad Judicial de lo
Civil y Mercantil que allí ejercen jurisdicción, y por estar contemplado dentro de los parámetros legales
señalados en los
articulados 362, 363 numeral 6, 364
y 367 de Código Orgánico General de Procesos a favor de DERECHO SUBJETIVO.
Las
partes otorgan y facultan a este acuerdo de acta transaccional los efectos de
cosa juzgada de acuerdo con lo dispuesto
en el articulado 2362 del Código Civil.
Para
constancia y fe de lo actuado, las partes reconocen sus firmas y rubricas del
presente documento título de ejecución por cuadruplicado, debiendo dejar
un original ante la SALA ESPECIALIZADA DE LO CIVIL DE
LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS,
dentro del proceso legal No. 12345-2020-98765., para que
tenga pleno conocimiento
el juzgador de la
causa sobre el
presente acta transaccional , en la ciudad de Guayaquil, a
los veinte y tres días del mes de agosto del año 2020.
p.- DERECHO SUBJETIVO.
HANS KELSEN
Gerente General
RUC ..............
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