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✅PODER DE PROCURACION JUDICIAL ACORDE AL COGEP

SEÑOR NOTARIO:



En el registro de escrituras públicas a su encargo sírvase incorporar una por la cual conste una de PODER ESPECIAL DE PROCURACION JUDICIAL, el mismo que se otorga al tenor de las siguientes cláusulas y estipulaciones:


PRIMERA: COMPARECIENTES.- Comparecen al otorgamiento de la presente escritura pública de PODER ESPECIAL DE PROCURACIÒN JUDICIAL, las siguientes personas: el señor PONER EL NOMBRE DEL MANDANTE, portador de cedula de ciudadanía número uno uno uno uno uno uno uno uno uno uno, mayor de edad, de nacionalidad ecuatoriano, de profesión agricultor, de ocupación minero, domiciliado en esta ciudad de Guayaquil, por los derechos que represento de la compañía EL CARNIBORO S.A., en calidad de Gerente General y representante legal de la misma, con registro Único De Contribuyente Ruc Número UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO, a quien para efectos de la presente Poder Especial de Procuración Judicial, se podrá denominar como “EL MANDANTE” ; y por otra parte, el abogado: AB. ........................................................ por sus propios derechos ecuatorianos, de profesión Abogado, casado, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Guayaquil; personas capaces para obligarse y contratar, a quienes para efectos del presente instrumento se denominaran como PROCURADOR JUDICIAL, personas capaces para obligarse y contratar.-


SEGUNDA: PODER ESPECIAL Y PROCURACION JUDICIAL.- Por medio del presente instrumento el Señor PONER EL NOMBRE DEL MANDANTE, portador de cedula de ciudadanía número cero nueve cuatro nueve cero seis cuatro ocho cuatro, mayor de edad, de nacionalidad ecuatoriano, de profesión ingeniero, de ocupación ejecutivo, domiciliado en esta ciudad de Guayaquil, por los derechos que represento de la EL CARNIBORO S.A., en calidad de Gerente General y representante legal de la misma, con registro único de contribuyente ruc número UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO UNO, de manera libre y voluntaria, confiere PODER ESPECIAL Y DE PROCURACION JUDICIAL, a favor del abogado: AB. ............................................................................., con registro del FORO DE ABOGADOS DEL GUAYAS número CERO CERO CERO CERO CERO; para que puedan intervenir en calidad de Procurador Judicial de “EL MANDANTE”, actúen a su nombre y representación, para que puedan intervenir en todo lo concerniente a las acciones extrajudiciales y judiciales que tenga “EL MANDANTE”, actúen a su nombre y representación, para que puedan intervenir en todo lo concerniente a las acciones judiciales que tenga “EL MANDANTE” como: Actor o Demandado, y presente escritos que fueren necesarios para defensa e intereses del Otorgante, compareciendo ante cualquier Juez, Juzgado, Unidad Judicial, Corte Provincial, Corte Nacional, Corte Constitucional u órgano de justicia, para que pueda presentar demandas, ya sean de carácter civiles, penales, constitucionales, y otros, reconvenir, intervenir en junta de conciliación, evacuar pruebas, rendir confesión judicial, preguntar a testigos, formular pliego de posiciones para confesión judicial, solicitar inspección judicial, presentar recursos de apelación, casación y cuantas impugnaciones sean necesarias y se encuentren previstas en el Código Orgánico General de Procesos, así como también el poder solicitar el desglose de las facturas y demás documentos solicitados, transigir en la Litis referente; Así como acudir a cualquier Centro de Mediación debidamente Autorizado por el Consejo Nacional de la Judicatura de la República del Ecuador y realice solicitudes de mediación, comparezca a las audiencias de mediación solicitadas y a las que ha sido invitada la compañía, pueda suscribir actas de acuerdo total de mediación, actas de acuerdo parcial de mediación y actas de imposibilidad de mediación, así como demandar el incumplimiento de las actas totales o parciales de mediación que se acordaren, bajo las directrices que le otorgue la compañía, así mismo, autoriza al Procurador para que en nombre de su representada intervenga facultado plenamente, facultado acorde a lo señalado en nuestro Código Orgánico General De Procesos en su artículos cuarenta y tres, teniendo CLÁUSULA ESPECIAL para sustituir la procuración a favor de otro profesional, allanarse a la demanda, transigir, desistir de la acción o del recurso, aprobar convenios, absolver posiciones, deferir al juramento decisorio, recibir valores o la cosa sobre la cual verse el litigio o tomar posesión de ella; así mismo se reconoce todo lo señalado desde el articulo cuarta uno y siguientes del Código Orgánico General de Procesos.-
PODER DE PROCURACION JUDICIAL ACORDE AL COGEP


TERCERO.- Agregue Ud. señor(a) Notario agréguese las cláusulas de estilo para la completa validez del presente instrumento. Firma) Abogado .............................................. con registro profesional con registro del FORO DE ABOGADOS DEL GUAYAS número CERO CERO CERO CERO CERO; Hasta aquí la minuta.-


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